El titular de la patente de un medicamento puede vender este producto al precio que él decida durante la duración de la patente, normalmente 20 años. Pero el elevado precio de un medicamento puede ser cuestión de vida o muerte para un paciente y suponer extraordinarios gastos farmacéuticos para los gobiernos de los países en desarrollo.Las normas que rigen las patentes farmacéuticas forman parte del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) de la Organización Mundial del Comercio (OMC), firmado en 1994. El acuerdo incluye salvaguardas que los países pueden utilizar para que las patentes no limiten el acceso a medicamentos. Por ejemplo, en ciertas circunstancias, los países pueden permitir la producción o importación de medicamentos genéricos sin el consentimiento del titular de la patente o buscar la versión más barata del medicamento de marca en el mercado global.MSF aboga por la promulgación de legislaciones nacionales que ofrezcan la máxima flexibilidad, de modo que las patentes no resulten un obstáculo para “promover el acceso a medicamentos para todos” (Declaración relativa al acuerdo sobre los ADPIC y la salud pública, adoptada en la reunión ministerial de la OMC en Doha, 2001).MSF también reclama a los gobiernos que no incluyan los derechos de propiedad intelectual en los acuerdos comerciales bilaterales o regionales negociados entre países. Estos acuerdos imponen una protección de las patentes más severa de la requerida por el Acuerdo sobre los ADPIC y ponen obstáculos adicionales a la utilización de los medicamentos genéricos, más baratos.
MEDICOS SIN FRONTERAS
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